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Evaluar al profesorado universitario


La Junta de Andalucín abrió el debate de evaluar al profesorado universitario en 2006. “Hay un interés renovado por evaluar la docencia y establecer nuevos criterios de evaluación para incentivar aquella que sea de calidad. No se trata de penalizar, sino de primar a los buenos docentes”. El director de la Agencia Andaluza de Calidad (AGAE), Elías Fereres, se fijaba entonces introducir estos cambios en el marco de adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior. Y éste ya está aquí.

Después de dos años de negociaciones, la Junta ha conseguido arrancar a las universidades unos principios básicos, genéricos, en lo referente a la evaluación de los profesores, que a partir del curso 2009/2010 será obligatoria. Pero cuando se trata de definir qué consecuencias tendrán esos exámenes, la tensión rompe la baraja.

Así, ocho universidades andaluzas –todas menos la Universidad de Sevilla, la más importante en volumen de alumnos y profesores junto con la de Granada– consensuaron un modelo de evaluación llamado Docentia Andalucía –un trasunto del modelo Docentia nacional– en el que se dice expresamente: “Cada Universidad podrá tomar las decisiones que considere oportunas de cara a reconocer y/o premiar a aquellos docentes evaluados favorablemente, así como establecer las medidas oportunas con aquellos cuya evaluación haya sido desfavorable de forma continuada”.

Pero la Junta de Andalucía ha buscado desde el primer momento consensuar un modelo único para todas las Universidades andaluzas. Y aquí entra en escena el llamado Marco Andaluz de Evaluación de la Actividad Docente del Profesorado.

El pasado jueves 15 de enero, la Comisión de Fomento de la Calidad del Consejo Andaluz de Universidad aprobó un borrador de propuesta, que ahora tendrá que negociar la Administración con los sindicatos, en el que se delimitan aquellos aspectos de los que deben ser examinados los docentes.

Según se recoge en el punto 8 del documento –Dimensiones para la evaluación docente–, serán cuatro: la planificación docente (15 puntos de un total de 100), el desarrollo de las clases (25), resultados de la docencia (30) y mejoras innovadoras que introduzca en las aulas (otros 30 puntos). En el apartado de resultados, “se tendrá en cuenta la información proporcionada por diferentes agentes: el alumnos [a través de encuestas], el propio profesorado y otros posibles agentes internos y externos”. “Estos resultados –continúa el documento– se concentran en variables relativas al rendimiento de los estudiantes, la eficacia en cuanto a consecución de objetivos y la satisfacción laboral del docente”. El resultado del examen puede ser desfavorable, favorable, muy favorable o excelente.

¿Y tendrá consecuencias esta calificación? Aquí de nuevo se evidencias las discrepancias entre universidades, hasta el punto de que en la reunión de la Comisión de Fomento de la Calidad del Consejo Andaluz de Universidades se decidió cambiar el epígrafe denominado Consecuencias de la evaluación de la actividad docente por Recomendaciones de la evaluación de la actividad docente. Una cambio sustancial, porque con ello se elimina de un plumazo la obligatoriedad por parte de las Universidades de tomar medidas en caso de evaluaciones desfavorables. Entre esas medidas estaban “la modificación de la asignación docente del profesorado”, o “posible concesión de complementos por calidad docente”, en el caso de una nota favorable.

Vía: El Correo de Andalucía

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