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Docencia con decencia


Ser docente universitario en el Perú requiere una sobredosis de decencia porque con tan poca paga diariamente hay que practicar el equilibrio en la cuerda floja. Finalmente acabamos haciendo de todo con un asombroso brío que solo procura ese afán por compartir experiencias nuevas y conocimientos con tan variada especie de alumnos. Estudiosos y aprovechados aunque la pobreza nos les permita acceder a bibliografía fresca, menos aplicados pero pragmáticos porque lo aprendido, según su sentido de las cosas, no tiene aplicación. Otros son los divorciados del estudio. Parecen pero no son estudiantes. Son turistas inoportunos a los que sus padres envían a la U cuando el colegio se les agotó como inmediato recurso para sacarlos de la casa. Están ahí cuando deberían estar en el más allá de los inconsolables estúpidos.


Como las necesidades son urgentes y nuestros emprendimientos inagotables acabamos con deudas en los bancos, en las cajas y en todo monte de piedad en donde haya dinero fresco. Nuestra vida empieza con una gigantesca ilusión por conquistar el mundo. Como las escobas nuevas, plenas de motivación, nos apropiamos de esa misión trascendente de impartir conocimiento. Aunque un traje elegantemente modesto y una corbata nueva son suficientes para cautivar un auditorio en nosotros surte efecto la energía emocional de un alumno agradecido a una boleta de pagos con innumerables descuentos.


Leemos lo que podemos y cuando concurrimos a una librería nos encontramos con esa sensación infantil que provoca, el desear y no tener, el juguete nuevo. Con secreta desolación, nos resignamos con los libros viejos y usados que encontramos en lo suelos y con todo ese caudal misericordioso de la entretela armamos nuestra biblioteca. Lo mejor de la vida se nos va en las aulas pero nadie se percata de nuestros sacrificios. Y cuando menos pensamos, el estar de pie hasta las últimas consecuencias, nos provoca tormentos circulatorios. En la universidad somos como los libros abiertos: maestros que enseñan.


Como en la escala de la perfección académica el conocimiento se renueva a velocidad inimaginable estamos obligados a los estudios postgraduales y doctorales para mantener la efímera de vigencia o finalmente tentar un cargo en la estructura burocrática. Porque el tiempo implacable nos enseña que somos perecibles se nos da por investigar y escribir para mantener a flote el buen nombre y echar unas gotas de agua en el inmenso mar del conocimiento. De privaciones y necesidades apremiantes construimos el mundo. Finalmente acabamos en las interminables colas de la seguridad social, la promesa de un ascenso o consumidos por la resignación de no poder hacer realidad nuestros sueños o un viaje inesperado al extranjero.


Vía.: Miguel Gozos en el Regional de Puira. Perú

Comentarios

Anónimo ha dicho que…
Donde no hay justicia es peligroso tener razón, ya que los imbeciles son mayoria. Quevedo

Estimados : como Profesor Universitario, de la Universidad Kennedy. Dictaba cinco asignaturas, entre ellas, Ejercicio y Administración Farmacéutica. Con mas de 50 excelentes alumnos, inquisitivos, ávidos de adquirir conocimientos, mi misión además de enseñar Legislación Farmacéutica, era explicarles como es esta actividad comercialmente, tal es así, que como trabajo practico averiguamos al azar el costo de un descongestivo nasal en gotas, droga base nafazolina, tiempo en el mercado mas de 40 años, consultado el proveedor mas importante de drogas para la industria farmacéutica, dio el costo por frasco, 0,03 centavo, precio de venta 11,25 pesos, ganancia por unidad 37500 %, por supuesto esto no tiene parangón con ninguna actividad licita, a todo esto se me invita el 5 de junio de 2007 al Anexo de la Cámara de Diputados de la Nación, donde se realizaron unas Jornadas sobre " Ética y Medicamentos " estando presentes, legisladores, funcionarios gremialistas , las Cámaras Farmacéutica que supuestamente no habían sido invitadas, pero ahí estaban en segunda fila, farmacéuticos, etc, finalizada la Jornada se podían exponer posiciones de cada uno que quisiera hablar, yo fui uno de ellos y en particular me dirigí a las Cámaras de la Industria a los que tenia a pocos metros, el drama es la accesibilidad de nuestro pueblo a los fármacos, se nos mueren compatriotas, en particular niños ,muchos de ellos muy pequeños y esta gente sin ninguna culpa gana el 37500 %, esto es un escándalo de proporciones y el Estado debe y puede solucionarlo, no puede hacerse el distraído .

La respuesta a mis palabras no se hizo esperar, no para intentar solucionar el tema sino para sacarme del medio. Me cito mi Decano Dr, Capon Filas y La Directora de Farmacia Farmaceutica Magariños, y con un discurso Kafkiano e hiriente, me sacaron la cátedra de Farmacia, días después todas las demás, no estoy arrepentido, no puedo ser cómplice de tamaño despropósito.

Como curiosidad mi ultimo sueldo, aguinaldo incluido fueron 231 Pesos.

Lo saludo cordialmente.

Profesor Universitario.

Eduardo Marcelo Cocca

e-mail : profcocca@gmail.com


Este es un e-mail legal, libre de virus y contiene informacion que consideramos de su interés.
De acuerdo con la nueva Ley argentina Nº 26032 la libre distribución este email está autorizada
por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a
ecocca@fibertel.com.ar para no ser contactado nuevamente.



SERVICIO DE INTERNET


Ley 26.032


Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.


Sancionada: Mayo 18 de 2005

Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°

— La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

ARTICULO 2°

— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo.


—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.


EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.



Prof. Cocca : entrevistas radiales, cartas y hechos.

http://cartasacocca.blogspot.com/2008/02/profesor-cocca.html


http://www.goear.com/listen.php?v=00cc708

http://www.goear.com/listen.php?v=4e93b69

http://www.goear.com/listen.php?v=01706

http://www.goear.com/listen.php?v=6237af4




http://cartasacocca.blogspot.com
Anónimo ha dicho que…
Universidad John F. Kennedy, Condenada por DISCRIMINACION y DESPIDO
SENTENCIA DEFINITIVA E INAPELABLE
Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados….

Sentencia definitiva por Discriminación, en perjuicio del profesor Eduardo Marcelo Cocca, Juzgado 12 de la Justicia Laboral de la Capital Federal, condenando a la Universidad John F. Kennedy, Tanbién son condenados en el juicio laboral. Que oportunamente le iniciara el profesor Cocca. Fallo de diciembre 2008

SENTENCIA N* 22.232 en el siguiente link :

http://sentenciafallo.blogspot.com/



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por tratarse de propósitos de información, sin embargo, si le hemos causado alguna molestia por el mismo,
le rogamos acepte nuestras disculpas y nos envie un mail a

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Ley 26.032


Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.


Sancionada: Mayo 18 de 2005

Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.

sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1°

— La búsqueda, recepción y difusión de información e ideas de toda índole, a través del servicio de Internet, se considera comprendido dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.

ARTICULO 2°

— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3°

— Comuníquese al Poder Ejecutivo.


—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—


DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.


EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.